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LA INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO EN EL ISLAM

LA INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO EN EL ISLAM

Tanto islamistas como católic@s, niegan el derecho de las mujeres a decidir si ser madres o no, además, las diferencias entre ambas religiones es una cuestión de matices ya que es legítimo sólo en supuestos extremos.

El aborto no es un asunto mencionado en el Corán. Por tanto, será el Hadith (Tradición) segunda fuente canónica del Islam, la que oriente sobre este asunto. Este fuente, recoge los dichos y hechos del Profeta, transmitidos por una cadena de testimonios considerada fiable. Serán los juristas los encargados de su interpretación.

Mientras en México por primera vez, se discuten temas tabú como es la Despenalización del Aborto, es necesario comentar que el aborto está permitido en el Islam sólo en algunos casos y que dentro de ello no entra:

  1. Planificación familiar
  2. El ahorro familiar
  3. La pobreza
  4. La ilegitimidad del embarazo, es decir, el haberse llevado acabo por fuera del matrimonio

Sin embargo, el aborto si está permitido en los siguientes casos:

  1. Peligro de mal formaciones en el embrión
  2. Peligro para la vida de la madre
  3. Violación

No existen en el Coran ni en la Sunnah del Profeta Muhammad referencias que indiquen la legalidad del aborto. Por el contrario, encontramos versículos que claramente condenan el asesinato de bebes, niñ@s, hombres y mujeres.

Según el islam, para la mujer, el aborto nunca es “seguro”, porque lo asocian al asesinato del feto, le atribuyen ser la causa de daños físicos y psicológicos como: el síndrome pos-aborto, depresión, esterilidad, infecciones, cáncer, e incluso un frecuente número de casos muerte o suicidio.

El Islam ordena que al concebirse el embarazo este sea sostenido durante toda su gestión. Cada concepción es legítima y cada embarazo es deseado; no existe el así llamado “embarazo no deseado”. Cada hij@ es considerado un regalo de Allah.

Esto significa que las diferencias en la ley que regula el derecho al aborto entre el catolicismo y el islam, son los matices. Es decir, que por norma general la interrupción del embarazo sea o no planificado, es ilícito ya que la vida es un don sagrado de Dios.

Así, sólo puede ser tolerado por motivos médicos: grave peligro para la madre y estado de desarrollo del feto.

Para los musulmanes existe una frontera clara entre la concepción y el momento de “insuflación del alma” o comienzo de la vida.

Antes de este momento, el feto está en estado embrionario. Este periodo, según los distintos hadith oscila entre 40 y los 120 días. Para abortar en este periodo embrionario deben existir razones validadas por los expertos juristas. A partir de ese momento, el aborto sería considerado un infanticidio.

En el caso de una violación, las razones válidas para un aborto antes de la insuflación del alma pueden ser de dos tipos. En primer lugar, relativos al feto: malformaciones, deficiencias, enfermedad genética. La decisión eventual de una interrupción de embarazo deberá basarse en diagnóstico médico contrastado. En segundo lugar, factores relativos a la madre: peligro la vida o la salud mental, mujer discapacitada físicamente o mentalmente que no podría educar correctamente al/a hijo/a y que no haya nadie en la familia que pueda hacerlo en su lugar.

En cuanto a las recientes declaraciones de Benedicto XVI, actual representante del Vaticano, su afirmación reciente es cierta para todos los musulmanes del mundo entero, desde que se reveló al profeta Muhammad el Corán, o sea, que todo embrión que no nace asciende directamente al Yennah (Paraíso).

Los musulmanes dicen respetar la decisión individual de la mujer y su pareja, pero disienten rotundamente con las personas pro-abortistas, pues para ellos son seres que se escudan tras “Los Derechos de la Mujer” y la “Planificación Familiar” para promover el aborto, tan poco aceptado para esta religión.

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